jueves, 26 de diciembre de 2013

Via Verde en la APDH Matanza

Los Vecinos del Proyecto Via Verde estamos muy contentos porque el día viernes 20 de Diciembre en San Justo durante la última reunión de año de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de La Matanza hemos recibido una Mención de Honor por estos cuatro años de trabajo defendiendo nuestro derecho a vivir en un ambiente sano



FELIZ CUMPLE VIA VERDE!!!!!

El 19 y 20 de Diciembre de 2009 nacía Vía Verde, en una mateada numerosa, donde los vecinos de Villa Madero se reunían en busca de la forma correcta de preservar este espacio de nuestro barrio. Hoy, cuatro años después de ese primer paso, con vecinos que se sumaron y otros que quedaron en el camino, unos que trabajaron hasta donde dieron su labor por terminada y otros que empezaron en el momento más difícil. Gracias a todos los que aportaron su grano de arena para formar esta montaña verde, a los que están, estuvieron y estarán siempre, sea cual fuese el lugar desde donde apoyan al proyecto y también a aquel que en un principio, sin un pelo de tonto se quiso pasar de vivo con el barrio porque nos enseño en que hay personas que lo único que buscan es el caos. Gracias Diego, Ale L, Roberto, Ale P, Ivana, Silvana, Natalia, Christian, Mariela, Lorena, Daniel, Ariel, Ale G, Viviana, Gustavo, Paula, Graciela, Omar, Betty, Ricardo, Ana Cacho, Martín, Patricio, Analía, Mariano, Laura, Virginia, Emiliano, Sebastian, Rosa, Norma, Kike, Analía, Susana, y todos los vecinos que se acercan a los eventos y se suman a este proyecto que lo que busca es la preservación del Ultimo y único espacio verde de Villa Madero. A todos, FELIZ CUMPLEAÑOS!!

jueves, 5 de diciembre de 2013

EN NUESTRO BARRIO NO SE CUMPLE CON LA LEY

LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LA LEY NOS AMPARA

Articulo
41: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes, sin comprometer las de las generaciones futuras, y
tienen el deber de preservarlo.
Ley 11723: Título II: Disposiciones Generales:
Capítulo I: De los Derechos y Deberes de los Habitantes: Artículo 2: El Estado Provincial garantiza a todos sus habitantes los siguientes derechos:
Inc. a) A gozar de un ambiente sano, adecuado para el desarrollo armónico de la persona.
Inc b) A la información vinculada al manejo de los recursos naturales que administre el estado.
Inc c) A participar de los procesos en que está involucrado el manejo de los recursos naturales y la protección, conservación,
mejoramiento y restauración del ambiente en general, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación de la presente. Inc. d) A solicitar a las autoridades la adopción de medidas tendientes al logro del objeto de la presente ley, y a denunciar el incumplimiento de la misma.
Ley 25675: LEY GENERAL DEL AMBIENTE:
Artículo 19 -Toda persona tiene derecho a ser consultada y a
opinar en procedimientos administrativos que se relacionen con la preservación y protección del ambiente, que sean de incidencia general o particular, y de alcance general.
Artículo 20 -Las autoridades deberán institucionalizar
procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente.